Sustitúyese el artículo 18 de la Ley N° 10.808, de 16 de octubre de 1946, en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto-Ley N° 14.956, de 16 de noviembre de 1979, por el siguiente:
"ARTÍCULO 18.- El Personal Superior de la Armada está organizado de la
siguiente forma:
A) Cuerpo de Comando:
1) Cuerpo General (CG).
2) Cuerpo de Ingenieros de Máquinas y Electricidad (CIME).
3) Cuerpo de Aprovisionamiento y Administración (CAA).
4) Cuerpo de Prefectura (CP).
B) Cuerpo de Apoyo y Complemento:
1) Cuerpo Especialista (CE).
2) Cuerpo Auxiliar (CA).
3) Reserva Naval (RN)".