Fecha de Publicación: 03/11/2022
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 56

   Reasígnase en el Inciso 02 "Presidencia de la República", unidad ejecutora 007 "Instituto Nacional de Estadística", programa 420 "Información Oficial y Documentos de Interés Público", Proyecto 609 "Planificación y Ejecución Censo Ronda 2023", Financiación 1.1 "Rentas Generales", la suma de $ 18.975.834 (dieciocho millones novecientos setenta y cinco mil ochocientos treinta y cuatro pesos uruguayos), al objeto del gasto 299.000 "Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores", desde el objeto del gasto 043.009 "Encuestas-Tareas extraordinarias funcionarios públicos", más aguinaldo y cargas legales.

   Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la fecha de la promulgación de la presente ley.
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