Sustitúyese el artículo 23 de la Ley N° 17.684, de 29 de agosto de 2003, en la redacción dada por la Ley N° 17.919, de 21 de noviembre de 2005, por el siguiente:
"ARTÍCULO 23.- Se autoriza al Comisionado Parlamentario para el
Sistema Carcelario a solicitar el pase en comisión de hasta quince
funcionarios públicos, de acuerdo a lo establecido por el artículo 32
de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, en la redacción dada
por el artículo 24 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020. A
estos efectos, no regirá la prohibición establecida en el artículo 507
de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996".