Fecha de Publicación: 03/11/2022
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 51

   Facúltase al Poder Ejecutivo a aprobar una nueva estructura organizativa de la unidad ejecutora 004 "Oficina de Planeamiento y Presupuesto" del Inciso 02 "Presidencia de la República", dando cuenta a la Asamblea General.

   La nueva estructura podrá contener la redistribución de cometidos entre las distintas unidades organizativas comprendidas en la misma y será un insumo para las reformulaciones que se aprueben en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 8° de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, contemplando las funciones gerenciales previstas en el inciso tercero de dicho artículo, con criterio de optimización y complementariedad.

   En el mismo acto y a efectos del mejor cumplimiento de los cometidos definidos en la nueva estructura, podrán aprobarse reasignaciones de los puestos de trabajo entre las distintas unidades organizativas.

   Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
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