Fecha de Publicación: 03/11/2022
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 468

   Increméntase en el Inciso 24 "Diversos Créditos", programa 320 "Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios", unidad ejecutora 007 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", el crédito presupuestal del objeto del gasto 749.006 "Partida a Reaplicar Fondo de Fomento Granja", a partir del ejercicio 2023, en $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos).
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