Fecha de Publicación: 03/11/2022
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 461

   Asígnase en el Inciso 23 "Partidas a Reaplicar", programa 240 "Innovación, Investigación y Desarrollo Experimental", una partida anual de $ 400.000.000 (cuatrocientos millones de pesos uruguayos), con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", con el objetivo de promover proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación, que sean aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, con el asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a propuesta de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación.

   Autorízase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos presupuestales desde el Inciso 23 "Partidas a Reaplicar" al Inciso 24 "Diversos Créditos", objeto del gasto 551.015 "Agencia Nacional de Investigación e Innovación", para la ejecución financiera de los proyectos, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso anterior.
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