Fecha de Publicación: 03/11/2022
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 449

   Increméntase en el Inciso 21 "Subsidios y Subvenciones", programa 320 "Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios", unidad ejecutora 008 "Ministerio de Industria, Energía y Minería", objeto del gasto 559.010 "Organismo Uruguayo de Acreditación", Financiación 1.1 "Rentas Generales", la suma de $ 240.000 (doscientos cuarenta mil pesos uruguayos), a partir del ejercicio 2023.
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