Fecha de Publicación: 03/11/2022
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 415

   Increméntase en el Inciso 33 "Fiscalía General de la Nación", programa 200 "Asesoramiento, cooperación y representación", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", en el grupo 0 "Servicios Personales", la suma de $ 850.000 (ochocientos cincuenta mil pesos uruguayos) anuales, incluido aguinaldo y cargas legales, con destino a financiar las tareas desarrolladas por el personal de la Unidad de Víctimas y Testigos, en días y horarios inhábiles, feriados y fines de semana.
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