PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Dispónese que las partidas retributivas dispuestas por el artículo 288 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, destinadas al Servicio Oficial de Difusión, Representaciones y Espectáculos (SODRE), se distribuirán de acuerdo a lo que establezca el Consejo Directivo del organismo.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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