Fecha de Publicación: 03/11/2022
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 280

   Dispónese que las partidas retributivas dispuestas por el artículo 288 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, destinadas al Servicio Oficial de Difusión, Representaciones y Espectáculos (SODRE), se distribuirán de acuerdo a lo que establezca el Consejo Directivo del organismo.
Ayuda