Fecha de Publicación: 03/11/2022
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 261

   Asígnase en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", programa 340 "Acceso a la Educación", unidad ejecutora 002 "Dirección Nacional de Educación", en la Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida anual de $ 300.000 (trescientos mil pesos uruguayos), en el objeto del gasto 721.000 "Gastos extraordinarios", y una partida anual de $ 4.700.000 (cuatro millones setecientos mil pesos uruguayos) en el objeto del gasto 299.000 "Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores", con destino al Plan Nacional de Educación en Cárceles.
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