Fecha de Publicación: 03/11/2022
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 260

   Asígnase en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", programa 340 "Acceso a la educación", unidad ejecutora 002 "Dirección Nacional de Educación", objeto del gasto 577.000 "Becas que no impliquen relación laboral ni pasantías país", Financiación 1.2 "Recursos con afectación especial", una partida anual de $ 4.000.000 (cuatro millones de pesos uruguayos), con destino al sistema de Becas para los Centros Educativos de Capacitación y Producción.
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