PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Sustitúyese el artículo 50 de la Ley N° 19.175, de 20 de diciembre de 2013, por el siguiente: "ARTÍCULO 50. (Categorización).- La Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, en consulta con los Consejos Zonales Pesqueros realizará una categorización por franjas, considerando la eslora total por embarcación y las diversas zonas de pesca".Ayuda