Fecha de Publicación: 03/11/2022
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 183

   Derógase la tasa de "Patente de Perro" creada por el artículo 10 de la Ley N° 13.459, de 9 de diciembre de 1965, en la redacción dada por el artículo 7° de la Ley N° 16.106, de 24 de enero de 1990.
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