Fecha de Publicación: 20/06/2022
Página: 15
Carilla: 15

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

                                 Ley 20.040

Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar a partir del 1° de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022 de los aportes patronales jubilatorios de seguridad social, a las agencias de viajes y a las empresas dedicadas al transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones.
(1.739*R)

                            PODER LEGISLATIVO

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

Artículo Unico

   Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar a partir del 1° de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022 de los aportes patronales jubilatorios de seguridad social, a las agencias de viajes y a las empresas dedicadas al transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones, según lo determine la reglamentación.

   Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 1° de junio de 2022.
   OPE PASQUET, Presidente; FERNANDO RIPOLL FALCONE, Secretario.

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                            Montevideo, 6 de Junio de 2022

   Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se faculta al Poder Ejecutivo a exonerar a partir del 1° de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022 de los aportes patronales jubilatorios de seguridad social, a las agencias de viajes y a las empresas dedicadas al transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones.

   LACALLE POU LUIS; PABLO MIERES; AZUCENA ARBELECHE.
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