PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Ley 20.040
Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar a partir del 1° de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022 de los aportes patronales jubilatorios de seguridad social, a las agencias de viajes y a las empresas dedicadas al transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones.
(1.739*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar a partir del 1° de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022 de los aportes patronales jubilatorios de seguridad social, a las agencias de viajes y a las empresas dedicadas al transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones, según lo determine la reglamentación.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 1° de junio de 2022.
OPE PASQUET, Presidente; FERNANDO RIPOLL FALCONE, Secretario.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 6 de Junio de 2022
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se faculta al Poder Ejecutivo a exonerar a partir del 1° de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022 de los aportes patronales jubilatorios de seguridad social, a las agencias de viajes y a las empresas dedicadas al transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones.
LACALLE POU LUIS; PABLO MIERES; AZUCENA ARBELECHE.