Fecha de Publicación: 09/11/2021
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 9

   Sustitúyese el acápite del artículo 346 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, por el siguiente:

     "ARTÍCULO 346. (Designación de personal presupuestado o contratado).-
     La designación de personal presupuestado o contratado del Poder
     Ejecutivo, Tribunal de Cuentas, Tribunal de lo Contencioso
     Administrativo y Servicios Descentralizados, en los escalafones A
     'Técnico Profesional', B 'Técnico', C 'Administrativo', D
     'Especializado', E 'Oficios', F 'Servicios Auxiliares' y R 'Personal
     no incluido en los escalafones anteriores', o similares grupos
     ocupacionales de cada entidad estatal, deberá realizarse cualquiera
     fuere el origen de los fondos empleados para ello, por concurso
     público y abierto, previo pronunciamiento de la Oficina Nacional del
     Servicio Civil, de conformidad con el siguiente procedimiento:".
Ayuda