Créase el Plan de Dignidad Laboral para Personas Privadas de Libertad, con la finalidad de fomentar el trabajo a través de emprendimientos productivos dentro de las unidades penitenciarias.
Establécese que quienes se encuentren en esa condición y voluntariamente produzcan bienes o presten servicios, podrán comercializarlos en los términos previstos en los artículos siguientes.