PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Agrégase al artículo 11 del Decreto-Ley N° 14.411, de 7 de agosto de 1975, el siguiente inciso: "El control del certificado de situación regular de pagos mencionado, se deberá efectuar por las obras realizadas en los últimos diez años anteriores al otorgamiento de los contratos mencionados en el inciso primero de este artículo".Ayuda