Sustitúyese el inciso segundo del artículo 614 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, por el siguiente:
"Dichos funcionarios públicos, cualquiera sea el organismo de origen,
que hayan prestado funciones en forma ininterrumpida con un mínimo de
dos años en la Junta de Transparencia y Ética Pública, podrán optar
por su incorporación definitiva al organismo".
INCISO 35
INSTITUTO NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIAL ADOLESCENTE