Sustitúyese el literal G) del artículo 13 de la Ley N° 19.483, de 5 de enero de 2017, por el siguiente:
"G) Promover y ejercer la acción civil en los casos previstos en el
artículo 28 del Código General del Proceso en la redacción dada por
el artículo 649 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, y
en el literal D) del artículo 35 de la presente ley (Convención de
Naciones Unidas sobre obtención de Alimentos en el Extranjero,
Nueva York, 1956)".