Fecha de Publicación: 09/11/2021
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 289

   Exclúyese al personal perteneciente a la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) de la obligación del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales prevista en la Ley N° 16.074, de 10 de octubre de 1989.

   Las prestaciones que a la fecha tiene a cargo el Banco de Seguros del Estado respecto de este personal, serán brindadas por la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE).

                            INCISO 31
                    UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA
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