Fecha de Publicación: 09/11/2021
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 12

   Agrégase al artículo 28 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, el siguiente inciso:

     "Lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley N° 18.719, de 27 de
      diciembre de 2010, en relación con los cargos o funciones 
      contratadas comprendidos en el beneficio de reserva de cargo o 
      función, establecida en el artículo 21 de la Ley N° 17.930, de 19 de 
      diciembre de 2005, y respecto de los funcionarios que se encuentren  
      prestando funciones en régimen de pase en comisión, no se aplicará 
      en las redistribuciones al amparo de lo previsto en el presente 
      artículo".
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