Fecha de Publicación: 09/11/2021
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 119

   Exonérase del pago de la Tasa de Registro de Estados Contables, creada por el artículo 214 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, a las unidades ejecutoras 001 "Dirección General de Secretaría", 002 "Contaduría General de la Nación" y 005 "Dirección General Impositiva" del Ministerio de Economía y Finanzas y al Tribunal de Cuentas.
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