Fecha de Publicación: 21/10/2021
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 6

   Los créditos dispuestos en los artículos 4° y 5° de la presente ley no constituirán renta bruta a los efectos de la liquidación del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas.
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