PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 26/05/2021.
(Liquidación y pago).- El pago de la prestación definida en el artículo anterior será efectuado por el Gobierno Departamental al que pertenezcan los cupos del Programa y de acuerdo con los procedimientos que se establezcan al respecto.Ayuda