Fecha de Publicación: 25/05/2021
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 26/05/2021.

Artículo 5

   (Duración).- El Programa creado en el artículo 1° de la presente Ley tendrá una duración de seis meses y se desarrollará entre junio y noviembre del año 2021.
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