Fecha de Publicación: 25/05/2021
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 26/05/2021.
                                 Ley 19.952

Créase el Programa "Oportunidad Laboral".
(1.876*R)

                            PODER LEGISLATIVO

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

Artículo 1

   (Creación).- Créase el Programa "Oportunidad Laboral" con el objeto de promover la inserción y reinserción en el mercado de trabajo de los beneficiarios que se dirán. Dicho Programa tendrá alcance nacional y será administrado por la Comisión Sectorial, creada por el literal B) del artículo 230 de la Constitución de la República.

   El Programa que se crea regulará el régimen de contratación de los beneficiarios para su inserción o reinserción en el mercado laboral de forma transitoria, mediante la realización de tareas que aporten valor público. La realización de las mencionadas tareas dará derecho a obtener una contraprestación transitoria que se denominará "Oportunidad Laboral".

   LACALLE POU LUIS; JORGE LARRAÑAGA; FRANCISCO BUSTILLO; AZUCENA ARBELECHE; JAVIER GARCÍA; PABLO DA SILVEIRA; OMAR PAGANINI; PABLO MIERES; DANIEL SALINAS; CARLOS MARÍA URIARTE; GERMÁN CARDOSO; IRENE MOREIRA; MARTÍN LEMA; ADRIAN PEÑA.
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