Sustitúyese el artículo 111 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente:
"ARTÍCULO 111.- Suprímese la Unidad Ejecutora 005 "Dirección de
Proyectos de Desarrollo" del programa 481 "Política de Gobierno", del
Inciso 02 "Presidencia de la República".
Los recursos humanos, materiales y financieros, así como los cometidos
asignados a la unidad ejecutora que se suprime, serán transferidos a
la unidad ejecutora 004 "Oficina de Planeamiento y Presupuesto",
programa 481 "Política de Gobierno", del mismo Inciso".