Sustitúyese el inciso primero del artículo 5° de la Ley N° 19.820, de 18 de setiembre de 2019, por el siguiente:
"El Plan Nacional de Emprendimientos se integrará con proyectos
plurianuales orientados a la consolidación del ecosistema emprendedor,
el desarrollo y la difusión de la cultura emprendedora, y la promoción
y el desarrollo de los emprendimientos y los emprendedores".