Fecha de Publicación: 30/12/2020
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 74

   Sustitúyese el inciso primero del artículo 5° de la Ley N° 19.820, de 18 de setiembre de 2019, por el siguiente:

   "El Plan Nacional de Emprendimientos se integrará con proyectos
   plurianuales orientados a la consolidación del ecosistema emprendedor,
   el desarrollo y la difusión de la cultura emprendedora, y la promoción
   y el desarrollo de los emprendimientos y los emprendedores".
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