Encomiéndase al Banco de Previsión Social a extender a hijos de funcionarios públicos las prestaciones económicas que brinda por concepto de Ayudas Extraordinarias (AYEX) destinadas a niños y jóvenes con discapacidad o alteraciones en el desarrollo para propender la rehabilitación o mejoras en la calidad de vida, enmarcadas en el numeral 9 del artículo 4° de la Ley N° 15.800, de 17 de enero de 1986, en la redacción dada por los artículos 80 y 81 de la Ley N° 16.713, de 3 de setiembre de 1995.