Sustitúyese el artículo 62 de la Ley N° 18.786, de 19 de julio de 2011, por el siguiente:
"ARTÍCULO 62. (Tope de los pasivos firmes, contingentes y de los pagos
a los contratistas).- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo
60 de la presente ley, a partir de enero de 2021 y hasta tanto no se
apruebe una nueva ley, el total de pasivos firmes y contingentes
originados por Contratos de Participación Público-Privada, calculado a
valor presente neto, no podrá exceder el 9% (nueve por ciento) del
Producto Bruto Interno (PBI) del año inmediato anterior. Por su parte,
los compromisos anuales con los contratistas privados, originados por
Contratos de Participación Público-Privada, no podrán exceder el 7
o/oo (siete por mil) del PBI del año inmediato anterior. A los efectos
del cumplimiento de dichos topes, la selección de los proyectos se
realizará considerando los análisis de valor por dinero y su
contribución a los lineamientos estratégicos fijados por el Poder
Ejecutivo.
En el caso de los Gobiernos Departamentales, podrán comprometerse
parte de los fondos aprobados para cada Gobierno Departamental en el
marco del presupuesto aprobado según lo establecido en el artículo 214
de la Constitución de la República.
A los efectos del control del tope establecido, los pasivos firmes o
contingentes contraídos en moneda distinta al dólar de los Estados
Unidos de América, serán valuados al tipo de cambio interbancario
vendedor vigente al cierre del último día hábil del ejercicio
precedente para los contraídos con anterioridad a dicha fecha, y al
tipo de cambio interbancario vendedor vigente al momento de su
contratación si esta hubiera ocurrido en el mismo ejercicio. Igual
criterio se utilizará cuando se trate de unidades indexadas, a partir
de los arbitrajes definidos por el Banco Central del Uruguay.
La evolución de dichos topes, así como un resumen de los contenidos
del registro previsto por el artículo 14 de la Ley N° 18.786, de 19 de
julio de 2011, deberá informarse anualmente a la Asamblea General, en
cada Rendición de Cuentas".