Sustitúyese el artículo 21 de la Ley N° 19.172, de 20 de diciembre de 2013, por el siguiente:
"ARTÍCULO 21.- La Junta Directiva será el jerarca del Instituto de
Regulación y Control del Cannabis y sus miembros serán personas de
reconocida solvencia moral y técnica. Estará integrada por:
- Un representante de la Secretaría Nacional de Drogas, que la
presidirá.
- Un representante del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
- Un representante del Ministerio de Desarrollo Social.
- Un representante del Ministerio de Salud Pública.
- Un representante del Ministerio de Industria, Energía y Minería.
La designación de los miembros de la Junta Directiva incluirá la de
sus correspondientes suplentes".