Fecha de Publicación: 30/12/2020
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 553

   Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar al Inciso 17 "Tribunal de Cuentas", una partida de hasta $ 28.000.000 (veintiocho millones de pesos uruguayos), en el grupo 0 "Servicios Personales", a fin de compensar a los funcionarios abocados a la realización de auditorías de desempeño, estando las mismas sujetas a cumplimientos de metas de gestión.

   La habilitación de la partida referida en el inciso anterior estará sujeta al mejoramiento de las condiciones fiscales y recuperación de los índices macroeconómicos del país.
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