Fecha de Publicación: 30/12/2020
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 551

   El Tribunal de Cuentas podrá disponer las modificaciones necesarias para adecuar, categorizar y simplificar los conceptos retributivos y su denominación, considerando separadamente cargos, ocupaciones y funciones de conducción, uniformizando las denominaciones en consonancia con sus objetivos estratégicos. Dichas modificaciones serán comunicadas a la Asamblea General.
Ayuda