Fecha de Publicación: 30/12/2020
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 518

   Dispónese que los plazos establecidos en los artículos 14, 23, 29 y 51 de la Ley N° 19.829, de 18 de setiembre de 2019, se contarán a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.
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