Fecha de Publicación: 30/12/2020
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 509

   Derógase el literal c) del artículo 19 de la Ley N° 19.580, de 22 de diciembre de 2017.

   Corresponderá a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, dentro del marco de su competencia, la evaluación del impacto de las políticas y programas que se implementen en la materia referida a la citada ley y la realización de recomendaciones para su fortalecimiento.
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