Fecha de Publicación: 30/12/2020
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 42

   Sustitúyese el artículo 20 del Decreto-Ley N° 14.985, de 28 de diciembre de 1979, por el siguiente:

   "ARTÍCULO 20.- Las asignaciones presupuestales de los grupos 1 "Bienes
   de Consumo" y 2 "Servicios no personales" para atender los suministros
   de los Incisos del Presupuesto Nacional brindados por los organismos
   estatales y paraestatales, se incrementarán en cada oportunidad en que
   los organismos de referencia ajusten sus precios o tarifas".
Ayuda