PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Sustitúyese el inciso final del artículo 204 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: "El impuesto anual se abonará en especie con destino a seguridad vial u ocupacional, de acuerdo a lo regulado por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, en cumplimiento de sus competencias".Ayuda