Fecha de Publicación: 30/12/2020
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 294

   Sustitúyese el artículo 384 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, por el siguiente:

   "ARTÍCULO 384 (Programa Nacional de Albergues).- Declárase de interés
   general la creación y gestión de un Programa Nacional de Albergues con
   la finalidad de dar protección a los animales en su vida y bienestar,
   según lo establecido en la Ley N° 18.471, de 27 de marzo de 2009, y
   sus modificativas".
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