Sustitúyese el inciso primero del artículo 182 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007, por el siguiente:
"ARTÍCULO 182.- Créase en el Inciso 07 "Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca", programa 001 "Administración Superior", Unidad
Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", la "Unidad de
Descentralización y Coordinación de Políticas con Base Departamental"
dependiente de la Dirección General de Secretaría".