Fecha de Publicación: 30/12/2020
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 246

   Derógase el inciso segundo del artículo 163 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 24 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013.
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