Fecha de Publicación: 30/12/2020
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 227

   Agrégase al artículo 15 del Código Aduanero, el siguiente literal:

"F)El régimen de muestras aplicable a mercadería cuya importación, hasta
   un monto equivalente a US$ 500 (quinientos dólares de los Estados
   Unidos de América) o exportación, hasta un monto equivalente a US$
   1.000 (mil dólares de los Estados Unidos de América), esté exenta del
   pago de tributos". 
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