PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Sustitúyese el inciso tercero del artículo 280 de la Ley N° 12.804, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 243 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: "El emplazamiento se hará por el término de tres días y se publicará en el Diario Oficial".Ayuda