Fecha de Publicación: 30/12/2020
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 188

   Créase en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", Unidad Ejecutora 024 "Dirección Nacional de Bomberos", programa 463 "Prevención y combate de fuegos y siniestros", un cargo de Cabo, Policía Ejecutivo, grado 2, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996.

   El cargo creado se suprimirá al vacar.
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