Fecha de Publicación: 30/12/2020
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 153

   Sustitúyese el artículo 72 de la Ley N° 19.315, de 18 de febrero de 2015, por el siguiente:

   "ARTÍCULO 72. (Causas de egreso).- El egreso de la carrera policial se
   producirá por retiro, cesantía o destitución".
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