Sustitúyese el artículo 68 de la Ley N° 19.315, de 18 de febrero de 2015, por el siguiente:
"ARTÍCULO 68. (Ascenso del Suboficial a la Escala de Oficiales).- Los
Suboficiales que tuvieren un año de antigüedad en el grado, podrán
postularse para ingresar al tercer año del Curso de Cadetes, en las
condiciones que fije la reglamentación.
Las vacantes a tales efectos serán determinadas por el Ministro del
Interior, con el asesoramiento del Director de la Policía Nacional y
del Director Nacional de la Educación Policial".