PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 63
(Vigencia).- Esta ley entrará en vigor noventa días después de su publicación en el Diario Oficial.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 17 de noviembre de 2020.
MARTÍN LEMA, Presidente; FERNANDO RIPOLL FALCONE, Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 27 de Noviembre de 2020
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba la Ley General de Derecho Internacional Privado.