Fecha de Publicación: 16/12/2020
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 63

   (Vigencia).- Esta ley entrará en vigor noventa días después de su publicación en el Diario Oficial.

   Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 17 de noviembre de 2020.
   MARTÍN LEMA, Presidente; FERNANDO RIPOLL FALCONE, Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

                                       Montevideo, 27 de Noviembre de 2020

   Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba la Ley General de Derecho Internacional Privado.
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