(Prueba sobre prueba).- Agrégase al artículo 271 de la Ley N° 19.293, de 19 de diciembre de 2014 (Código del Proceso Penal), el siguiente numeral:
"271.1 TER (Prueba sobre prueba).- Si en ocasión de la producción de
una prueba en el juicio oral surgiere una controversia relacionada
exclusivamente con su veracidad, autenticidad o integridad, el juez
podrá autorizar la presentación de nuevas pruebas destinadas a
esclarecer esos puntos, aunque ellas no hubieren sido ofrecidas
oportunamente (artículos 127 y 128) y siempre que no hubiere sido
posible prever su necesidad".