Fecha de Publicación: 14/07/2020
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 379

   (Redistribución de recursos humanos y reasignación de recursos materiales).- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la redistribución de los recursos humanos y la reasignación de los recursos materiales y financieros asignados a la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, al Instituto que se crea por la presente ley.
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