Fecha de Publicación: 14/07/2020
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 269

 (Delegación de atribuciones).- Sustitúyese el artículo 83 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente:

   "ARTÍCULO 83.- El Directorio de la Unidad Reguladora de Servicios de
   Comunicaciones podrá delegar atribuciones en sus subordinados por
   unanimidad de sus miembros, pudiendo avocar por mayoría simple los
   asuntos que fueran objeto de delegación".
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