(Cese de los integrantes del Directorio).- Sustitúyese el artículo 76 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por el artículo 23 de la Ley N° 17.598, de 13 de diciembre de 2002, por el siguiente:
"ARTÍCULO 76.- Los integrantes del Directorio cesarán en sus cargos de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 192 de la Constitución de
la República".